Nuevas consideraciones para operaciones crediticias vencidas

La Junta de Política y Regulación Financiera (JPRF) determinó que los haberes que los clientes mantienen con los bancos y que no han sido cancelados pasarán a nombrarse como vencidos cuando estos lleguen al día 61. Antes, el techo era de 15, 30 y 60 días, según el segmento de crédito.