¿Quiénes están obligados a presentar el anexo de partícipes y socios (APS)
El Anexo APS debe presentarse a través de la página web institucional anualmente, con corte al 31 de diciembre del ejercicio fiscal, hasta febrero del ejercicio fiscal siguiente al que corresponda la misma, considerando el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).