Nueva información para adjuntar a los estados financieros
Esta información, se debe remitir al ente regulador a través del portal web hasta el 30 de abril del presente año, como plazo máximo.
Esta información, se debe remitir al ente regulador a través del portal web hasta el 30 de abril del presente año, como plazo máximo.
El Anexo APS debe presentarse a través de la página web institucional anualmente, con corte al 31 de diciembre del ejercicio fiscal, hasta febrero del ejercicio fiscal siguiente al que corresponda la misma, considerando el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Este cambio fue contemplado en el proyecto de Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia Covid-19
Este cambio fue contemplado en el proyecto de Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia Covid-19