La Superintendencia de Compañías en el artículo 241 dispuso que los fondos se obtendrán por contribuciones, las mismas que se fijarán anualmente y se impondrán sobre las diferentes compañías sujetas a su vigilancia en relación a los correspondientes activos reales del ejercicio económico inmediato anterior.
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) publicó en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 241 del 31 de enero de 2023 la «Resolución No. SCVS-INAFDNF-2023-00000086» en la cual establece la contribución que las compañías y entidades bajo su control deben pagar en el ejercicio 2023 en base a la siguiente tabla:
MONTO DEL ACTIVO REAL DE LAS COMPAÑÍAS (EN US DÓLARES) | Contribución por mil sobre el activo real | |
Desde | Hasta | |
$0,01 | $75.000,00 | 0.00 |
$75.000,01 | $100.000,00 | 0.71 |
$100.000,01 | $1’000.000,00 | 0.76 |
$1’000.000,01 | $20’000.000,00 | 0.82 |
$20’000.000,01 | $500’000.000,00 | 0.88 |
$500’000.000,01 | En adelante | 0.94 |
Las compañías que presenten sus estados financieros posterior al 30 de abril de 2023, se les realizará el cálculo correspondiente al 1 por 1000 de los activos reales, para el pago de la Contribución 2023.
Estas contribuciones se depositarán hasta el 30 de septiembre de 2023, en la Cuenta de Recaudaciones, denominada “Superintendencia de Compañías”, en el Banco corresponsal autorizado, cuyo titular es la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
Las compañías que, hasta el 30 de septiembre del año 2023, hayan pagado al menos el 50% de la contribución que les corresponde, tendrán derecho a cancelar el otro 50% hasta el 31 de diciembre del 2023, sin lugar a recargo ni penalidad, y sin necesidad de trámite previo alguno.
Casos Particulares:
Las compañías en las que el 50% o más del capital social estuviere representado por acciones pertenecientes a instituciones de derecho público, o de derecho privado con finalidad social o pública, pagarán únicamente el 50% de la contribución.
Las compañías cuyos activos reales estén comprendidos entre US$ 0,01 y US$ 75.000,00, en sus estados financieros 2022, no deberán cancelar contribución alguna para el año 2023 (tarifa 0%).
Las compañías holding o tenedoras de acciones y sus vinculadas que estén sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, siempre que reúnan las condiciones señaladas en el artículo 429 de la Ley de Compañías, podrán presentar sus estados financieros consolidados, dentro del primer cuatrimestre y pagarán la contribución sobre los activos reales que se reflejen en dichos estados financieros consolidados.
En el caso de las otras empresas extranjeras, estatales, privadas o mixtas, organizadas como personas jurídicas que operan en el país, la contribución para la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros se calculará tomando como base los activos reales que dichas empresas tengan registrados o declarados y que se reflejen en sus estados financieros presentados a esta institución.
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