La fecha máxima para declarar el patrimonio se traslada a diciembre
Nuevamente, como ha sucedido en años anteriores, la fecha tope para cumplir con la obligación de declarar el patrimonio de las personas naturales se cambia.
Nuevamente, como ha sucedido en años anteriores, la fecha tope para cumplir con la obligación de declarar el patrimonio de las personas naturales se cambia.
El Comité de Comercio Exterior (COMEX) mediante la Resolución No. 008-2022 definió una nueva regla para quienes adquieren bienes en el exterior. Esta norma entró en vigencia desde el 16 de mayo de 2022 y se extenderá hasta el 31 de diciembre de este mismo año.
Los servicios veterinarios no gravan IVA. Así lo definió el Servicio de Rentas Internas (SRI) tras una consulta realizada por un ente ciudadano. Eso sí, la norma se ajusta solo a los establecimientos y profesionales debidamente autorizados.
La reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que es de apenas cuatro puntos porcentuales para los días de feriado en el país, se aplicó por primera durante Carnaval y se volverá a retomar durante los tres días libres de Semana Santa.
Como cada año, el Servicio de Rentas Internas (SRI) definió el calendario para la declaración del Impuesto a la Renta de Sociedades, que durante al año pasado estuvieron sujetas al Régimen Impositivo para Microempresas.
Todavía quedan algunos días para que los contribuyentes que cuenten con bienes y activos en el exterior declaren y tributen por estos. El reglamento de la reforma tributaria aprobada a finales del 2021 establece un descuento especial y deducciones.
Durante todo este mes, especialmente el 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, nuevamente se pone de manifiesto la necesidad de converger hacia sociedades, compañías, hogares con menor diferencias entre hombres y mujeres. Desde UHY nos sumamos a esta lucha de las mujeres por equiparar las oportunidades.
Los establecimientos turísticos están obligados a facturar, durante los cuatro días de feriado, con cuatro puntos menos de Impuesto al Valor Agregado
Esta información, se debe remitir al ente regulador a través del portal web hasta el 30 de abril del presente año, como plazo máximo.
El Anexo APS debe presentarse a través de la página web institucional anualmente, con corte al 31 de diciembre del ejercicio fiscal, hasta febrero del ejercicio fiscal siguiente al que corresponda la misma, considerando el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).