El Servicio de Rentas Internas publicó los anexos para el Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) correspondiente a este año. A continuación te dejamos más información:
¿Qué es el ICT?
El Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) es un documento que muestra la opinión del auditor respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias que mantenga un contribuyente sobre un período fiscal específico. Para el efecto, se debe elaborar un conjunto de anexos establecidos por esta administración.
Responsable:
El Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) deben elaborarlo las personas naturales o jurídicas calificadas como auditores externos por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; Superintendencia de Bancos; y la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, quienes hayan efectuado la auditoría de estados financieros por el ejercicio fiscal terminado al 31 de diciembre.
Elaboración:
Para elaborar el Informe de Cumplimiento Tributario el auditor externo debe llenar ciertos documentos y papeles de trabajo con el fin de determinar o definir su criterio al momento de emitir su opinión sobre los estados financieros auditados.
Presentación:
El Informe de Cumplimiento Tributario y sus anexos deberán presentarse a través de la plataforma SRI en Línea, en el mes de julio del siguiente ejercicio fiscal al que corresponda la información, conforme al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del sujeto pasivo auditado, de acuerdo al siguiente calendario:
Si el noveno dígito del RUC/CI es: | Fecha de vencimiento |
---|---|
1 | 10 de julio |
2 | 12 de julio |
3 | 14 de julio |
4 | 16 de julio |
5 | 18 de julio |
6 | 20 de julio |
7 | 22 de julio |
8 | 24 de julio |
9 | 26 de julio |
0 | 28 de julio |
Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquella se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes, en cuyo caso no aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento.
Importante:
Para el caso de los Anexos del Informe de Cumplimiento Tributario en formato PDF, al final del documento se firmará electrónicamente una sola vez, certificando de esa manera todos los anexos tanto por el Representante Legal de la Compañía como del Contador de la misma.
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