El APS es una declaración que hace una sociedad sobre la composición accionarial de sus accionistas, socios o sus partícipes, para ello se debe detallar en primer lugar a sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital.
Las sociedades que cotizan sus acciones en bolsas de valores solo deben reportar a los accionistas que poseen un porcentaje societario mayor o igual al 2% de lo negociado en la bolsa nacional, y ya no deben reportar el porcentaje negociado en la bolsa del exterior.
¿Quiénes deben presentar el Anexo de Accionistas, Partícipes y Socios?
• Sociedades (Art. 98 LRTI)
• Sucursales de sociedades extranjeras residentes en el país
• Establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes
Casos Especiales
Instituciones de carácter privado sin fines de lucro:
• Información de sus miembros de directorio, administradores, socios fundadores.
• Información de quienes hayan efectuado, durante el ejercicio fiscal informado, aportes o donaciones acumulados.
Fondo de inversión o complementario:
• Información del administrador del fondo.
• Información de aquellos titulares, cuyos derechos representativos se hayan presentado.
Fideicomisos:
• Información relativa a sus administradores, constituyentes y beneficiarios.
La información debe presentarse en el mes de febrero, según el siguiente calendario:
Noveno dígito del RUC | Fecha de Vencimiento |
1 | 10 de febrero |
2 | 12 de febrero |
3 | 14 de febrero |
4 | 16 de febrero |
5 | 18 de febrero |
6 | 20 de febrero |
7 | 22 de febrero |
8 | 24 de febrero |
9 | 26 de febrero |
0 | 28 de febrero |
¿Quiénes no están obligados a presentar el APS?
• Las Sucesiones indivisas.
• Las Empresas públicas.
• Las Organizaciones del sector financiero y no financiero que se encuentren bajo el régimen de la Ley Orgánica de EPS.
• Las Instituciones del Estado.
• Las Misiones y Organismos Internacionales reconocidos por el Estado.
• Las organizaciones comunitarias del agua.
¿Qué sucede si no se presenta el APS o se presenta de forma incompleta?
El APS debe ser presentado previo a la declaración de impuesto a la renta y hasta su fecha de vencimiento. La falta de presentación o presentación de información incompleta afecta principalmente al impuesto a la renta de los contribuyentes del régimen general.
No presenta
Aumento de 3% a la tarifa de impuesto a la renta
Presentación incompleta
• Cuando reporta más del 50% de la composición societaria: información relativa a sus administradores, constituyentes y beneficiarios.
• Cuando reporta el 50% o menos de la composición societaria: aumento de 3% a la tarifa de impuesto a la renta sobre la totalidad de la base imponible.
Además, la presentación tardía, falta de presentación o presentación inexacta de la información serán sancionadas de acuerdo con la siguiente tabla.
TIPO DE CONTRIBUYENTE | MONTO EN USD |
Contribuyente especial | 90.00 |
Sociedad con fines de lucro | 60.00 |
Sociedad sin fines de lucro | 30.00 |
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