Hasta diciembre puedes pagar y regularizar tus activos en el exterior

El Servicio de Rentas Internas (SRI) mediante comunicado informó a las personas con activos en el exterior, que tienen hasta finales de este año para ponerse al día en el pago de sus impuestos, advierte que a partir del 2023 se intensificará los controles y se aplicarán las multas y sanciones correspondientes.


 

Con la información obtenida de los países miembros del Foro Global sobre Transferencia e Intercambio de Información, el SRI está realizando controles a los residentes fiscales en Ecuador con cuentas financieras en el exterior, dando como resultado que más de 270 contribuyentes regularizaron 812 millones de dólares de activos, por los que han pagado 35,1 millones de dólares.

Los activos en otros países que su origen haya sido ingresos gravados con impuesto a la renta no pagados o de operaciones que no pagaron el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) hasta diciembre de 2020, todavía tienen la oportunidad de acogerse hasta éste 31 de diciembre.

Quienes todavía no se han acogido al Régimen Impositivo Único y Temporal para la Regularización de Activos en el Exterior (RIVUT) pueden hacer hasta este 31 de diciembre, recuerda que este régimen aplica para la regularización de:

Los Activos en el Exterior siempre que su origen corresponda a ingresos gravados con Impuesto a la Renta en el período 2020 o anteriores, sin que se haya tributado el o los correspondientes impuestos en el país acorde a la Ley de Régimen Tributario Interno.

Las operaciones o transacciones monetarias o no monetarias sujetas al ISD, no declaradas o cuyo impuesto correspondiente no hubiere sido objeto de retención y pago en el Ecuador de conformidad con lo establecido en la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador.

 

El pago de esta obligación saldrá de la suma de:

Los valores de los activos incluidos en la declaración juramentada mantenidos en el exterior cuyo origen corresponda a ingresos gravados con impuesto a la renta, incluyéndose cualquier tipo de derechos fiduciarios y títulos al portador cuyo beneficiario final sea el sujeto pasivo.

Importe incluido en la declaración juramentada gravado con el Impuesto a la Salida de Divisas de operaciones que constituyan el hecho generador de dicho impuesto, sin que se lo haya tributado.

 

En el siguiente cuadro te dejamos las tarifas y plazos para la declaración y pago del RIVUT

FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN Y PAGO TARIFA
Si la declaración y pago se realiza hasta el 31 de marzo de 2022   3,5% 
Si la declaración y pago se realiza hasta el 30 de junio de 2022   4,5% 
Si la declaración y pago se realiza hasta el 31 de diciembre de 2022   5,5% 

 

Con estas acciones el SRI espera fortalecer la lucha contra la evasión tributaria, si tienes dudas sobre este tema, nosotros tenemos un equipo de expertos tributario que te asesorarán en todo el proceso ¡Contáctanos!

 

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Recuerda, si necesitas más información sobre este tema contáctanos al mail:  m.arroyo@uhyecuador.ec