Respecto a la Reforma del Reglamento de Auditoría Externa sobre el límite de años de auditoría sobre un mismo sujeto auditado, el cambio fundamental elimina el impedimento de que una misma firma auditora siga prestando los servicios a un cliente, en su lugar, la nueva normativa requiere la rotación del personal técnico clave de la firma auditora asignada a un mismo cliente.
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros reformó el Reglamento sobre Auditoría Externa, antes de la reforma, ninguna firma podía efectuar auditoría por más de cinco períodos consecutivos a un mismo sujeto auditado; hoy por hoy, se requiere la rotación del personal clave, mas no de la firma en sí.
Para esto, es importante tener en cuenta que el mismo equipo de auditoría podrá estar asignado a un mismo compromiso hasta por un máximo de 7 años, una vez transcurrido dicho periodo, se deberá considerar el siguiente “periodo de enfriamiento”, es decir en el cual el personal clave deberá ser reemplazado:
CARGO | PERÍODO DE ENFRIAMIENTO |
Socio del encargo | 5 años consecutivos |
Responsable de la revisión de calidad | 3 años consecutivos |
Socio clave | 2 años consecutivos |
Las firmas auditoras deberán considerar los períodos anuales inmediatamente anteriores al ejercicio 2022, para llevar a cabo la rotación de los equipos a cargo de la auditoría, dicho de otro modo, la rotación de los equipos a cargo de la auditoría externa, tendrá lugar a partir de las auditorías que se practiquen en el ejercicio fiscal 2022.
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Diana Paspuel – Audit Supervisor
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